Regl. 9390, art. XXIII

Exenciones

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Cite as Reglamento Núm. 9390, Art. XXIII

Quedan exentos del cobro y pago de derechos por servicios todos los funcionarios, empleados del NCEM, sus familiares cercanos hasta el cuarto grado de consanguinidad y cualquier persona natural o jurídica por expresa disposición de ley.
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