Regl. 9398, art. 7

AVISOS DE INFRACCIÓN

Length: 181 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9398, Art. 7

Los investigadores de la ACAA deberán expedir un Aviso de Infracción, que contenga la siguiente información: 1. Nombre del infractor ya sea persona natural O jurídica. 2. Dirección física, postal, número de teléfono y correo electrónico del infractor (según este disponible). 3. Fecha en que se emitió el aviso. 4. El nombre de la persona que recibe el aviso y la posición O cargo que ocupa. 5. La actuación u omisión que constituye o pueda constituir una infracción a la Ley o a los reglamentos bajo la autoridad de la ACAA y cuya infracción conlleve la imposición de multa contenida en este u otro reglamento. 6. Las disposiciones de aquellas leyes o reglamentos por las cuales se expide el aviso. 7. Nombre completo en letra de molde y firma del investigador y del director de la oficina regional O departamento de la ACAA a la cual éste se reporta. 8. Una advertencia a los efectos de que la ACAA podrá notificar formalmente una multa dentro del término de treinta (30) días contados a partir de ser emitido el aviso de infracción.
Regl. 9398, art. 7: AVISOS DE INFRACCIÓN | Justis AI