Regl. 9398, art. 7
AVISOS DE INFRACCIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 9398, Art. 7
Los investigadores de la ACAA deberán expedir un Aviso de Infracción, que contenga la
siguiente información:
1. Nombre del infractor ya sea persona natural O jurÃdica.
2. Dirección fÃsica, postal, número de teléfono y correo electrónico del infractor
(según este disponible).
3. Fecha en que se emitió el aviso.
4. El nombre de la persona que recibe el aviso y la posición O cargo que ocupa.
5. La actuación u omisión que constituye o pueda constituir una infracción a la Ley o
a los reglamentos bajo la autoridad de la ACAA y cuya infracción conlleve la
imposición de multa contenida en este u otro reglamento.
6. Las disposiciones de aquellas leyes o reglamentos por las cuales se expide el
aviso.
7. Nombre completo en letra de molde y firma del investigador y del director de la
oficina regional O departamento de la ACAA a la cual éste se reporta.
8. Una advertencia a los efectos de que la ACAA podrá notificar formalmente una
multa dentro del término de treinta (30) dÃas contados a partir de ser emitido el
aviso de infracción.