Regl. 9400, art. I

REGLAMENTO PARA MANEJO DE QUERELLAS POR ACOSO LABORAL EN LA CORPORACIÓN DEL SEGURO DEL FONDO DEL SEGURO

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Cite as Reglamento Núm. 9400, Art. I

INTRODUCCIÓN Y POLÍTICA INSTITUCIONAL El acoso laboral consiste en aquella conducta malintencionada y reiterada, que, de forma verbal, escrita o física, el patrono, sus supervisores o empleados, dirigen generalmente contra un empleado. Se trata de actos ajenos a los legítimos intereses de la empresa o del patrono que requieren ser erradicados de nuestro entorno laboral. Esta conducta, es una no deseada por la víctima, que atenta contra sus derechos constitucionales protegidos. Conforme han establecido expertos en el tema, el acoso laboral conlleva una comunicación hostil y desprovista de ética que es infligida de forma sistemática por uno o varios individuos, principalmente contra un único individuo quien, a consecuencia de ello, es sometido a una situación de soledad e indefensión, a base de acciones de hostigamiento frecuentes, a lo largo de un prolongado periodo de tiempo. Como consecuencia de la frecuencia y duración de esta conducta hostil y maltratante, la persona afectada sufre un grave daño psicológico, psicosomático y social. Sobre el particular, es importante resaltar que esta conducta no responde, necesariamente, a patrones de jerarquía, puesto que también se puede manifestar entre personas de igual rango e incluso en sujetos de inferior condición profesional. La Asociación de Psicología de Puerto Rico expresó que esta conducta tiene nefastas consecuencias psicológicas en las víctimas, tales como: estrés postraumático, susceptibilidad al estrés, depresión, ataques de pánico, hipervigilancia, "break down" o crisis nerviosa, suicidio, síndrome de fatiga crónica, cambios en la personalidad de la víctima y deterioro en las relaciones de pareja. Se hace necesario considerar, además, los daños que se reflejan a nivel familiar, social, profesional y económico de la víctima. La CFSE censura cualquier conducta de acoso laboral que lacere la dignidad de los individuos y de su ambiente de trabajo. A esos fines y en armonía con la política pública del Gobierno de Puerto Rico, adopta la política institucional y la implementación del protocolo sobre el manejo de querellas en el lugar de trabajo Esta reglamentación que provee a los empleados, funcionarios, contratistas, proveedores de servicio, patronos, y cualquier persona que interactúe o visite nuestras facilidades, los instrumentos y medios necesarios para atender y dilucidar las querellas de forma rápida, efectiva y a su vez, prevenir futuros incidentes.
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