Regl. 3973, art. 31
Derogación
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Cite as Reglamento Núm. 3973, Art. 31
Por la presente se derogan todos los reglamentos,
normas y usos procesales anteriores de la Junta Azucarera que
regulen los procedimientos normativos, administrativos y de
adjudicación, incluyendo el Reglamento de la Junta Azucarera
aprobado el 11 de marzo de 1952, según enmendado, a excepción
de las Reglas Número 4 de 25 de febrero de 1965, la Número 7
de 13 de junio de 1957, la Número 13 de 19 de diciembre de
1966, la Número 15 de 24 de marzo de 1980 y la Número 16 de
19 de diciembre de 1980, las cuales quedan en pleno vigor y
efecto.
En San Juan, Puerto Rico, a 10 de agosto de 1989.
22.
Fecha de aprobación: 9 de agosto de 1989
Fecha de vigencia : // de septiembre de 1989
AGRO.
Puayo Presidente RODRIGUEZ RvD.
AGRO. EFRAIN Miembro Bouth Sareis BONETA GARCIA
AGRO. LUCIANO FUERTES DE LA HABA Haba
Miembro