Regl. 3973, art. 31

Derogación

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Cite as Reglamento Núm. 3973, Art. 31

Por la presente se derogan todos los reglamentos, normas y usos procesales anteriores de la Junta Azucarera que regulen los procedimientos normativos, administrativos y de adjudicación, incluyendo el Reglamento de la Junta Azucarera aprobado el 11 de marzo de 1952, según enmendado, a excepción de las Reglas Número 4 de 25 de febrero de 1965, la Número 7 de 13 de junio de 1957, la Número 13 de 19 de diciembre de 1966, la Número 15 de 24 de marzo de 1980 y la Número 16 de 19 de diciembre de 1980, las cuales quedan en pleno vigor y efecto. En San Juan, Puerto Rico, a 10 de agosto de 1989. 22. Fecha de aprobación: 9 de agosto de 1989 Fecha de vigencia : // de septiembre de 1989 AGRO. Puayo Presidente RODRIGUEZ RvD. AGRO. EFRAIN Miembro Bouth Sareis BONETA GARCIA AGRO. LUCIANO FUERTES DE LA HABA Haba Miembro
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