Regl. 3981, art. 1402

Cuando la persona ajena radique una

Length: 43 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3981, Art. 1402

querella personalmente O por escrito contra la agencia, ésta tendrá un término de veinte (20) días para contestar la querella O para tratar informalmente de llegar a una decisión aceptable a las partes sin tener que recurrir a la celebración de una vista.
Regl. 3981, art. 1402: Cuando la persona ajena radique una | Justis AI