Regl. 9403, art. 10.1
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Cite as Reglamento Núm. 9403, Art. 10.1
Número de Reglamento 0 Procedimiento:
H-23-01
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES
Título del Reglamento 0 Procedimiento:
Aprobado por:
REGLAMENTO PROGRAMA LLAME Y VIAJE Y
SERVICIO AL CIUDADANO (RADICACIÓN DE QUERELLAS)
Fecha de
Normas Derogadas: Reglamento
Área de Programación
Página
Vigencia
Operacional Programa Llame y
Intermodal
24 de 55
Viaje (Versión Español e inglés) (H-
Programa
6-octubre-
12-01 Núm. 8242 del 16 de agosto
Llame y Viaje y
de 2012.
Servicio al Ciudadano
2022
El usuario deberá presentar su solicitud (Anejo 1) para servicios de
paratránsito, según se establece en este Reglamento, acompañado de 2
fotos 2 X 2, y aquellas certificaciones médicas que sean necesarias.
a. El usuario deberá tener visible su tarjeta de identificación del
Programa Llame y Viaje.
b. Deberá hacer sus reservaciones según establecido en este
Reglamento y pagará la tarifa aplicable a cada viaje.
C. Al llegar al punto de destino el usuario firmará un registro que será
provisto por el conductor e indicará la hora en que se le recogió y
la tarifa.
d. Pagar la tarifa exacta al abordar. El conductor no tendrá cambio. Del
usuario no contar con la tarifa exacta, no podrá viajar y se
considerará una cancelación en puerta.
e.
Deberá notificar cambios relativos a su reservación por lo menos 24
horas de anticipación.
f.
En caso de cancelación de un viaje, el usuario deberá llamar por lo
menos 2 horas antes de la hora programada para recogerlo.
Número de Reglamento O Procedimiento:
H-23-01
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES
Título del Reglamento o Procedimiento:
Aprobado por:
REGLAMENTO PROGRAMA LLAME Y VIAJE Y
SERVICIO AL CIUDADANO (RADICACIÓN DE QUERELLAS)
Fecha de
Normas Derogadas: Reglamento
Área de Programación
Página
Vigencia
Operacional Programa Llame y
Intermodal
25 de 55
Viaje (Versión Español e inglés) (H-
Programa
6-octubre-
12-01 Núm. 8242 del 16 de agosto
Llame y Viaje y
de 2012.
Servicio al Ciudadano
2022
g. Si el usuario viaja con un acompañante O con un asistente de
cuidado personal, deberá así notificarlo al momento de hacer la
reservación.
h. Tanto el usuario como el acompañante deberán mantener su
higiene personal, así como demostrar un comportamiento correcto,
cortés y respetuoso en sus relaciones con otros usuarios y los
empleados de la Autoridad.
i.
El conductor no tendrá la responsabilidad de cargar paquetes,
maletas y otros objetos. Estos paquetes deberán estar en todo
momento en control del usuario.
j.
No se permite ingerir alimentos, bebidas ni fumar en el vehículo.
k.
No se permitirá hacer uso del servicio bajo los efectos del alcohol o
drogas ilegales.
I.
No se permite portar armas de fuego, armas blancas, explosivos,
material inflamable O corrosivo, ácidos ni ningún material dañino.
m. No se permite algún tipo de comportamiento que atente o ponga
en riesgo la vida 0 seguridad propia o de terceras personas 0 se
considere delictivo.
Número de Reglamento o Procedimiento:
H-23-01
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES
Título del Reglamento o Procedimiento:
Aprobado por:
REGLAMENTO PROGRAMA LLAME Y VIAJE Y
SERVICIO AL CIUDADANO (RADICACIÓN DE QUERELLAS)
Fecha de
Normas Derogadas: Reglamento
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Viaje (Versión Español e inglés) (H-
Programa
6-octubre-
12-01 Núm. 8242 del 16 de agosto
Llame y Viaje y
2022
de 2012.
Servicio al Ciudadano
n. No se permitirá el uso de radios, tocacintas, o cualquier equipo que
genere ruidos que distraigan al conductor, a menos que sea
utilizado para propósitos de comunicarse O que sean utilizados con
audífonos.
El no cumplir con las normas antes expuestas, conllevará la
implementación de medidas correctivas o disciplinarias que pudieran ir
desde una advertencia escrita hasta la suspensión del servicio.