Regl. 9403, art. 10.7
Terminación
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Cite as Reglamento Núm. 9403, Art. 10.7
En los casos en que un usuario haya sido sujeto de Terminación del
Servicio, habiendo transcurrido un año, podrá solicitar nuevamente su
reingreso. Para ello requerirá el cumplir con todos los requisitos originales
del Programa.