Regl. 3981, art. 1701

La Administración podrá emitir citaciones para la comparecencia de testigos, órdenes para la

Length: 17 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3981, Art. 1701

producción de documentos, materiales u otros objetos; y órdenes protectoras conformes a las Reglas de Procedimiento Civil.
Regl. 3981, art. 1701: La Administración podrá emitir citaciones para la comparecencia de testigos, órdenes para la | Justis AI