Regl. 9403, art. 6.1
Área de Servicio
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Cite as Reglamento Núm. 9403, Art. 6.1
Incluye hasta 3/4 de milla alrededor del corredor de las rutas del servicio
regular ofrecido por la Autoridad. Al presente, el servicio se ofrece en los
municipios de San Juan, Guaynabo, Cataño, Bayamón, Carolina, Toa Baja
(Levittown), Trujillo Alto y Loíza (vía Piñones). La zona de cobertura estará
sujeta a cambios según el Plan de Servicio de Ruta fija de la Autoridad.