Regl. 9407, art. 22
Derogación y Disposiciones Anteriores.
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Cite as Reglamento Núm. 9407, Art. 22
Esta es la primera vez que se establece un "Reglamento para la Implementación del Programa de
Teletrabajo 0 Trabajo a Distancia" para el Fideicomiso Institucional de la Guardia Nacional de Puerto
Rico. Sin embargo, se deroga cualquier Orden Administrativa 0 documento oficial relacionado al
tema. Cualquier comunicación previa, verbal o escrita 0 parte de esta en conflicto con este
Reglamento, queda sin efecto luego que el mismo entre en vigor.