Regl. 9407, art. 3
Política Pública.
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Cite as Reglamento Núm. 9407, Art. 3
La política pública de este Reglamento surge de las disposiciones establecidas en los Artículos 2 y
3 de la Ley Núm. 36 de 2020, según enmendada que enumera las siguientes consideraciones:
a. Permitir que los empleados trabajen en ubicaciones alternas, logra un mejor equilibrio entre
su vida laboral y personal, mientras continúan contribuyendo al servicio público.
b. La flexibilidad en el lugar de trabajo para acomodar las necesidades laborales, personales
y familiares puede generar beneficios como:
(1) Una ventaja competitiva para atraer y retener personas altamente calificadas.
(2) Niveles reducidos de estrés y conflicto de los empleados.
(3) Mayores niveles de productividad y menos ausentismo.
(4) Mayores niveles de satisfacción y motivación de los empleados.
(5) Un ambiente de trabajo más satisfactorio.
(6) El impacto de los arreglos de teletrabajo también puede ir más allá de los beneficios
anteriormente mencionados y contribuir al desarrollo de una sociedad sostenible. Por
ejemplo, las oportunidades para reducir el tráfico, la congestión y la contaminación del
aire y para apoyar el desarrollo económico regional se puedan aprovechar al mismo
tiempo que se cumplen los objetivos del Gobierno de Puerto Rico y de FIGNA en
particular.
C. Tanto los supervisores como los empleados son responsables de garantizar que se
satisfagan las necesidades operacionales de la entidad gubernamental y que ni la
productividad ni el presupuesto se vean afectados negativamente por la aplicación de esta
política.
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Reglamento para la Implementación del Programa de Teletrabajo 0 Trabajo a Distancia
d. Reconociendo las oportunidades que puede presentar un acuerdo de teletrabajo, la OATRH
alienta a las entidades gubernamentales a realizar acuerdos de teletrabajo, donde sea
posible desde el punto de vista económico y operativo, y de manera justa, equitativa y
transparente.
e. FIGNA evaluará periódicamente la implementación de esta política para garantizar que
contribuya al bienestar perseguido y que los acuerdos de teletrabajo cumplen con las
condiciones descritas en la misma.