Regl. 9409, art. 8
Criterios y Requisitos para la Solicitud de Reembolso.
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Cite as Reglamento Núm. 9409, Art. 8
En la administración, operación, modificación o ampliación de este beneficio, el Administrador de
Programa será guiado por, y observará los requisitos que establezca la Ley, este reglamento y la
Junta. El beneficio de reembolso estará disponible, dentro de las provisiones establecidas en este
reglamento, únicamente a aquellos miembros elegibles de la Guardia Nacional de Puerto Rico que
cumplan con los requisitos delineados a continuación:
a. Aportación del Participante Un miembro elegible es aquel que esté al día en la aportación
económica mensual que hacen los miembros activos de la Guardia Nacional de Puerto Rico
participantes a FIGNA.
b. Participación Satisfactoria Un miembro elegible es aquel que participa satisfactoriamente
en sus deberes y responsabilidades en la Guardia Nacional de Puerto Rico y a tal efecto lo
certifica su comandante u oficial a cargo en el formulario de solicitud de beneficio.
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C. Permiso (Licencia) del Vehículo El permiso 0 licencia del vehículo de motor debe estar
inscrito a nombre del reclamante. Si el reclamante es menor de 21 años y únicamente por
esta razón la licencia del auto no está a su nombre, radicará con su petición una declaración
jurada detallando y dando Fe de las circunstancias particulares de su caso y que el vehículo
es de uso exclusivo de su persona.
d. Vehículo Personal Este beneficio aplicará al vehículo adquirido por el solicitante mediante
compra 0 arrendamiento financiero ("lease"). Vehículos de compañía ("company cars") no
cualifican para este beneficio. Solo se otorgará el beneficio por un (1) vehículo de motor
por año fiscal por miembro elegible.
e. Término para Solicitar El/la reclamante tiene hasta un máximo de treinta (30) días
calendario, a partir del día en que efectuó el pago del marbete, para entregar 0 enviar la
solicitud de beneficios completada con los documentos requeridos.
1. En el caso de envío por correo regular, la fecha del matasellos tiene que estar dentro
de los treinta (30) días calendario que tiene el reclamante para solicitar su beneficio.
2. La solicitud de beneficio con los documentos requeridos puede ser enviada por correo
electrónico, correo postal 0 entregada personalmente 0 mediante representante
autorizado a un técnico de beneficios en cualquiera de los Centros de Servicio al Cliente
de FIGNA.
3. El solicitante debe asegurarse de entregar o enviar los documentos requeridos para la
reclamación del beneficio de reembolso de pago del Seguro de Compensación por
Accidente Automovilístico, al técnico de beneficios de FIGNA.
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4. El año fiscal que aplicará a la solicitud está basado en el día que realizó el pago del
marbete.