Regl. 9409, art. 8

Criterios y Requisitos para la Solicitud de Reembolso.

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Cite as Reglamento Núm. 9409, Art. 8

En la administración, operación, modificación o ampliación de este beneficio, el Administrador de Programa será guiado por, y observará los requisitos que establezca la Ley, este reglamento y la Junta. El beneficio de reembolso estará disponible, dentro de las provisiones establecidas en este reglamento, únicamente a aquellos miembros elegibles de la Guardia Nacional de Puerto Rico que cumplan con los requisitos delineados a continuación: a. Aportación del Participante Un miembro elegible es aquel que esté al día en la aportación económica mensual que hacen los miembros activos de la Guardia Nacional de Puerto Rico participantes a FIGNA. b. Participación Satisfactoria Un miembro elegible es aquel que participa satisfactoriamente en sus deberes y responsabilidades en la Guardia Nacional de Puerto Rico y a tal efecto lo certifica su comandante u oficial a cargo en el formulario de solicitud de beneficio. 7 C. Permiso (Licencia) del Vehículo El permiso 0 licencia del vehículo de motor debe estar inscrito a nombre del reclamante. Si el reclamante es menor de 21 años y únicamente por esta razón la licencia del auto no está a su nombre, radicará con su petición una declaración jurada detallando y dando Fe de las circunstancias particulares de su caso y que el vehículo es de uso exclusivo de su persona. d. Vehículo Personal Este beneficio aplicará al vehículo adquirido por el solicitante mediante compra 0 arrendamiento financiero ("lease"). Vehículos de compañía ("company cars") no cualifican para este beneficio. Solo se otorgará el beneficio por un (1) vehículo de motor por año fiscal por miembro elegible. e. Término para Solicitar El/la reclamante tiene hasta un máximo de treinta (30) días calendario, a partir del día en que efectuó el pago del marbete, para entregar 0 enviar la solicitud de beneficios completada con los documentos requeridos. 1. En el caso de envío por correo regular, la fecha del matasellos tiene que estar dentro de los treinta (30) días calendario que tiene el reclamante para solicitar su beneficio. 2. La solicitud de beneficio con los documentos requeridos puede ser enviada por correo electrónico, correo postal 0 entregada personalmente 0 mediante representante autorizado a un técnico de beneficios en cualquiera de los Centros de Servicio al Cliente de FIGNA. 3. El solicitante debe asegurarse de entregar o enviar los documentos requeridos para la reclamación del beneficio de reembolso de pago del Seguro de Compensación por Accidente Automovilístico, al técnico de beneficios de FIGNA. 8 4. El año fiscal que aplicará a la solicitud está basado en el día que realizó el pago del marbete.
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