Regl. 3981, art. 2701-XXXII

Unidad para el Archivo de los Expedientes

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Cite as Reglamento Núm. 3981, Art. 2701-XXXII

La Administración, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3.18 de la Ley establecerá una unidad para el archivo de los expedientes oficiales en los casos adjudicativos. Dicho expediente incluirá, entre otros, los documentos indicados en la referida Sección 3.18. 14 El expediente de la Administración constituirá la base exclusiva para la acción de la Agencia en un procedimiento adjudicativo bajo esta ley o para la revisión judicial ulterior. Esta unidad para el archivo de los expedientes oficiales estará ubicada en la Oficina Central de la Administración, sita en Río Piedras, Puerto Rico.
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