Regl. 9410, art. 11

Informes.

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Cite as Reglamento Núm. 9410, Art. 11

El Director Ejecutivo someterá a la Junta, después del cierre de cada año escolar 0 año fiscal del Gobierno de Puerto Rico, pero antes de culminar el año natural, los siguientes informes: 13 a. Un estado financiero que refleje cabalmente la utilización del presupuesto anual designado para ese año fiscal 0 escolar y su impacto en cuanto a participantes se refiere. b. Un informe 0 análisis financiero de la situación y desarrollo del Fondo Educacional y su impacto en la educación y desarrollo profesional entre los integrantes de la comunidad militar y familiares de la Guardia Nacional de Puerto Rico. C. Un análisis que cubra detalladamente aspectos de utilización de los fondos y/o proyecciones futuras para el mejoramiento del Fondo Educacional, de manera tal, que la Junta de Directores esté en todo momento en conocimiento y posición de actuar en pro de los mejores intereses de los miembros activos de la Guardia Nacional de Puerto Rico y sus familiares.
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