Regl. 9410, art. 9
Asignación de Presupuesto.
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Cite as Reglamento Núm. 9410, Art. 9
a. La Junta de Directores del FIGNA aprobará un presupuesto anual para el programa de
asistencia educacional presentado por el Administrador del Programa de Asistencia cada
año antes del dÃa 15 de mayo.
b. Los fondos asignados y disponibles serán otorgados a través de la cuenta designada por
Ley para el Fondo Educacional y la contabilidad de la misma incluirá partidas separadas:
una para los miembros de la Guardia Nacional y otra para los cónyuges y dependientes. La
cantidad de dinero asignada a cada cuenta será establecida por el Administrador del
Programa de Asistencia.
C. FIGNA mantendrá un archivo de todas las obligaciones contraÃdas y un balance diario de la
cantidad disponible de los fondos asignados para la ayuda económica, aunque el
presupuesto sea excedido por el número de solicitudes aceptadas.