Regl. 9414, art. 3050.01(c)-1
LĂmite Anual de Presupuesto
Cite as Reglamento NĂşm. 9414, Art. 3050.01(c)-1
36
(a) Los Créditos Contributivos para el Cine sólo se emitirán mediante Decreto y cada
Decreto indicará un lĂmite máximo especĂfico de valor en dĂłlares (enumerado en
dólares) de los Créditos Contributivos para el Cine para los cuales el proyecto
cinematográfico y el solicitante serĂan elegibles, de cumplir con los tĂ©rminos del
Decreto. El valor total del lĂmite en dĂłlares elegible de los CrĂ©ditos Contributivos
para el Cine identificado en cada Decreto se debitará del lĂmite anual para el año
especificado en el Decreto, reduciendo el lĂmite disponible a base de dĂłlar por
dólar, independientemente de si el Crédito Contributivo para el Cine se utiliza en
el año fiscal corriente o en cualquier año fiscal futuro. La suma de todos los
Créditos Contributivos para el Cine emitidos por Decreto en un año fiscal no
excederá el lĂmite presupuestario anual para ese año fiscal.
XX.
ENMIENDA AL ARTĂŤCULO 3050.01(i)-1
Se añaden los nuevos incisos (b) y (c) al ArtĂculo 3050.01(i)-1 para que lea como sigue: