Regl. 9414, art. 3050.01(i)-1
Derechos a Pagar
Cite as Reglamento Núm. 9414, Art. 3050.01(i)-1
(a)
(b) Se pagará el cargo de presentación mandatorio equivalente al uno por ciento (1%) de los
Gastos de Producción de Puerto Rico.
(c) De conformidad con la Sección 3050.0(i) del Código, los derechos recibidos por el
Secretario del DDEC equivalentes al cargo de presentación mandatorio se depositarán en
el Fondo de Incentivos Económicos. Solo después de que los fondos del cargo de
presentación mandatorio hayan compensado completamente los gastos de
administración del programa, dichos fondos podrán ser utilizados por el Secretario del
DDEC para fomentar el desarrollo de la industria cinematográfica en Puerto Rico a través
de, entre otras, las siguientes iniciativas:
i.
Administración del Programa para el Cine;
ii.
Promoción del Programa para el Cine;
iii.
Promoción de Puerto Rico como destino cinematográfico;
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iv.
Iniciativas dirigidas a fomentar y desarrollar actividades o eventos que promuevan
el crecimiento de la industria cinematográfica en Puerto Rico;
V.
Fomentar iniciativas de proyectos cinematográficos elegibles bajo la Sección
2091.01 del Código;
vi.
Participación en el desarrollo e implementación de talleres educativos nacionales
y/o internacionales;
vii.
Participación en festivales, exposiciones, simposios o exhibiciones
cinematográficas;
viii.
Programas de escritura de guiones;
ix.
Participación de cineastas en festivales de cine nacionales o internacionales;
X.
Participación en eventos que promuevan la cultura cinematográfica en Puerto
Rico y la apreciación del cine; y
xi.
A discreción del Secretario del DDEC, cualquier otra actividad relacionada con
fomentar el desarrollo de la industria cinematográfica en Puerto Rico."
XXI.
ENMIENDA AL ARTÍCULO 3050.01(J)-1
Se añade un nuevo Artículo 3050.01(j)-1 para que lea como sigue: