Regl. 9414, art. 6020.04-6020.01(d)(2)-1

- Evaluación de Trámite Ordinario

Last amended: 2020Length: 111 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9414, Art. 6020.04-6020.01(d)(2)-1

(a) (b) Si la Compañía Elegible solicita un Crédito Contributivo según lo dispuesto en el Artículo 1020.01(A-22) de este Reglamento, la Oficina de Incentivos requerirá la revisión y recomendación del CRIE. (c) El Secretario del DDEC otorgará un periodo de diez (10) días para que el Secretario de Hacienda evalúe la solicitud y emita su recomendación con respecto a la solicitud. Si el Secretario de Hacienda no emite su recomendación dentro del término establecido en este apartado, el Secretario del DDEC continuará los procesos de evaluación de la solicitud conforme al Código y a este Reglamento. 57 XXXI. NUEVO ARTÍCULO 6020.07(A)(1)-1 Se añade un nuevo Artículo 6020.07(a)(1)-1 que leerá como sigue:
Regl. 9414, art. 6020.04-6020.01(d)(2)-1: - Evaluación de Trámite Ordinario | Justis AI