Regl. 9414, art. 6020.04-6030.01(a)(1)-1

Procedimiento Solicitud Crédito Contributivo.

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Cite as Reglamento Núm. 9414, Art. 6020.04-6030.01(a)(1)-1

(a) (1) 61 (2) (3) ... (4) Cualquier otra información 0 documento que sea requerido por el Secretario del DDEC y/o recomendado por el CRIE, o que el Negocio Exento estime necesario para la evaluación de la solicitud. (b) (c) ..." XXXV. SEPARABILIDAD Si cualquier acápite, apartado, artículo, capítulo, cláusula, disposición, frase, letra, oración, palabra, párrafo, sección, subcapítulo, subpárrafo, subsección, título, o parte de este Reglamento fuera anulado o declarado inconstitucional, la resolución, dictamen o sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el remanente de este Reglamento. El efecto de la sentencia quedará limitado al acápite, apartado, artículo, capítulo, cláusula, disposición, frase, letra, oración, palabra, párrafo, sección, subcapítulo, subpárrafo, subsección, título, o parte de este Reglamento que así hubiere sido anulado o declarado inconstitucional. Si la aplicación a una Persona o a una circunstancia de cualquier acápite, apartado, artículo, capítulo, cláusula, disposición, frase, letra, oración, palabra, párrafo, sección, subcapítulo, subpárrafo, subsección, título, o parte de este Reglamento se invalida o se declarara inconstitucional, la resolución, el dictamen o la sentencia dictada no afectará ni invalidará la aplicación del remanente de este Reglamento a aquella Persona o circunstancia a la que se pueda aplicar válidamente. Es la voluntad expresa e inequívoca de este Reglamento que los Tribunales de Puerto Rico hagan cumplir las disposiciones y la aplicación de este Reglamento en la mayor medida posible, aunque se deje sin efecto, anule, invalide, perjudique o declare inconstitucional alguna de sus partes o, aunque se deje sin efecto, invalide o declare inconstitucional su aplicación a alguna Persona o circunstancia. XXXVI. EFECTIVIDAD 62 Este Reglamento comenzará a regir treinta (30) días a partir de su radicación en el Departamento de Estado conforme a las disposiciones de la Ley 38-2017, según enmendada, conocida como la "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico". Aprobado en San Juan, Puerto Rico, el 26 de octubre 2022. Manuel Cidre Miranda Secretario Departamento de Desarrollo Económico y Comercio Radicado en el Departamento de Estado de Puerto Rico el 27 de octubre 2022. 63
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