Regl. 3982, art. I-105

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 3982, Art. I-105

A los efectos de este Reglamento, los siguientes términos tendrán el significado que a continuación se -2- expresa: Administración : Significa la Administración de Fomento Cooperativo Administrador : Significa el Administrador de la Administración de Fomento Cooperativo. Donativo : Significa fondos asignados por la Legislatura mediante Resolución Conjunta del Presupuesto. Persona : Significa cualquier persona natural O jurídica, sus agentes, empleados o representantes. Organización : Significa cualquier persona, entidad , organización o grupo cooperativo. Expediente : Significa una entidad independiente de archivo que identifica exclusivamente una organización y contiene todo tipo de documentos relacionado con dicha organización. R/C : Significa la Resolución Conjunta del Presupuesto General.
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