Regl. 3982, art. I-105
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 3982, Art. I-105
A los efectos de este Reglamento, los siguientes términos tendrán el significado que a continuación se
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expresa:
Administración : Significa la Administración de Fomento
Cooperativo
Administrador
: Significa el Administrador de la Administración de Fomento Cooperativo.
Donativo
: Significa fondos asignados por la
Legislatura mediante Resolución Conjunta del Presupuesto.
Persona
: Significa cualquier persona natural O
jurÃdica, sus agentes, empleados o
representantes.
Organización
: Significa cualquier persona, entidad ,
organización o grupo cooperativo.
Expediente
: Significa una entidad independiente de
archivo que identifica exclusivamente
una organización y contiene todo tipo
de documentos relacionado con dicha
organización.
R/C
: Significa la Resolución Conjunta del
Presupuesto General.