Regl. 9415, art. 2.3-2.3.3

DEBERES GENERALES DE TODOS LOS MIEMBROS

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Cite as Reglamento Núm. 9415, Art. 2.3-2.3.3

Los deberes generales de todos los miembros de la Junta son: a) Asistir a todas las reuniones de la Junta; b) Inhibirse de participar en cualquier asunto donde exista 0 pueda existir un conflicto de intereses; c) Participar activamente en la evaluación de todos los asuntos ante su consideración aportando sus conocimientos con el propósito de hacer la mejor selección en beneficio AMA. d) Adjudicar los asuntos ante su consideración en procesos formales tales como subastas, solicitudes de propuestas O solicitudes de cualificaciones, así como recibir, y de entenderlo necesario, evaluar, cualquier solicitud de reconsideración sobre las determinaciones de adjudicación previamente realizadas.
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