Regl. 9415, art. 2.3-2.3.4

CONFLICTO DE INTERESES

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Cite as Reglamento NĂșm. 9415, Art. 2.3-2.3.4

NingĂșn miembro de la Junta de Subastas podrĂĄ adjudicar asuntos en los cuales tenga algĂșn interĂ©s personal directo O indirecto o estĂ© relacionado a cualquiera de las partes solicitantes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. En caso de surgir algĂșn conflicto de intereses, el miembro de la Junta de Subastas afectado tendrĂĄ que inhibirse de todo el proceso de subasta. AdemĂĄs, le serĂĄ de aplicabilidad cualquier penalidad, multa o sanciĂłn establecida en la Ley NĂșm. 73-2019, segĂșn enmendada. DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES TĂ­tulo del Reglamento 0 Procedimiento: REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES, OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS NO PROFESIONALES PĂĄgina 26 de 145
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