Regl. 9415, art. 2.3-2.3.6
QUÓRUM
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Cite as Reglamento Núm. 9415, Art. 2.3-2.3.6
Cualesquiera tres (3) miembros de la Junta constituirán quórum. Para la validez de las decisiones
regirá la mayorÃa simple. En aquellos casos que hubiese empate, lo decidirá la Junta de Subastas
en pleno (5 miembros). De ser necesario, la votación de los miembros podrá realizarse a través
de medios electrónicos. Los miembros no emitirán votos explicativos, sino que indicarán
únicamente su posición a favor 0 en contra de la decisión. El voto de cada miembro se hará
constar en los libros de actas 0 minutas de la Junta de Subastas los cuales serán documentos
públicos.