Regl. 9415, art. 2.3-2.3.7
FACULTADES Y DEBERES DE LA JUNTA DE SUBASTAS
Length: 407 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9415, Art. 2.3-2.3.7
La Junta de Subastas tendrá las siguientes facultades y deberes:
a) Discutir con el comprador asignado a la Subasta Formal, Solicitud de Propuestas selladas
0 Solicitud de Cualificaciones en particular, la necesidad de los bienes, obras 0 servicios no
profesionales planteada por la entidad requirente en su solicitud y asegurarse que las
especificaciones incluidas en la Invitación a ser publicada satisfacen y/o cumplen tales
necesidades, previo la aprobación de la Invitación.
b) Enviar por conducto de su secretario las invitaciones para las subastas formales, Solicitud
de Propuestas selladas y Solicitud de Cualificaciones.
c) Evaluar y adjudicar toda compra O contratación relacionada a Subastas Formales,
Propuestas Selladas, cuyo costo estimado exceda la cantidad de cien mil dólares
($100,000.00) y todo proceso de o Solicitud de Cualificaciones.
d) Evaluar las declaraciones de cualificaciones sometidas por los proponentes potenciales de
acuerdo con los criterios de evaluación y emitir la correspondiente declaración de
cualificaciones en procesos de Solicitud de Cualificaciones;
e) No aceptar licitaciones que contengan precios en exceso del precio de venta al detal
sugerido por el manufacturero ("manufacturer suggested retail price");
f) Celebrar reuniones y vistas;
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES
TÃtulo del Reglamento O Procedimiento:
REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES, OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS NO PROFESIONALES
Página 27 de 145
g) Evaluar y adjudicar los asuntos presentados ante su consideración de manera rápida y
eficiente salvaguardando los derechos procesales y sustantivos de las partes;
h) Emitir las notificaciones de adjudicación de subastas formales, propuestas selladas y
determinación de cualificaciones, asà como cualquier orden, requerimiento, 0 resolución
que en derecho proceda en los asuntos ante su consideración;
i) Mantener un expediente completo que documente los eventos ocurridos en cada caso;
j) Permitir que los licitadores examinen el expediente de las subastas formales 0 propuestas
selladas que hayan sido debidamente adjudicadas, y otorgar copia de este una vez pagado
el cargo correspondiente;
k) Evaluar, de entender que es meritorio, cualquier solicitud de impugnación o
reconsideración que le sea presentado dentro de los términos provistos por ley;
1) Observar el fiel cumplimiento de las disposiciones contenidas en las diversas leyes de
preferencia; y,
m) Cualquier otra facultad, función 0 deber que por ley O por este Reglamento se le asigne o
delegue.
n) La Junta de Subastas no tendrá jurisdicción para entender sobre ningún asunto relacionado
a compras informales ni Compras Excepcionales.
o) Las funciones de los miembros de la Junta de Subastas serán indelegables.