Regl. 9415, art. 3.1-3.1.2
RESERVA DE COMPRAS PARA GRUPOS PREFERIDOS
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Cite as Reglamento Núm. 9415, Art. 3.1-3.1.2
La Ley Núm. 129-2005, supra, y su Reglamento 7461, disponen que las agencias deben identificar
cuáles de sus necesidades son aptas para ser suplidas por pequeñas y medianas empresas
(PyMEs). La División de Compras de la AMA, determinará en su Plan Anual de Compras, cuales
adquisiciones son viables para ser satisfechas por los grupos preferidos enumerados en la Ley
129-2005, supra, conforme a las disposiciones reglamentarias aplicables.