Regl. 9415, art. 3.4-3.4.3

TIPOS DE FIANZA

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Cite as Reglamento Núm. 9415, Art. 3.4-3.4.3

a) Fianza de Licitación ("Bid Bond"): A quienes liciten O presenten propuestas se le podrá requerir una fianza de licitación para garantizar la oferta o propuesta. El monto de la fianza no excederá de un quince por ciento (15%) del precio licitado o cotizado, a menos que en el pliego de subasta o en el requerimiento de propuestas se establezca otra cantidad. En el caso de Obras Públicas la fianza de licitación será de cinco (5%). Cuando se suscriba el contrato O se emita la orden de compra, según aplique, el Director de Compras 0 el Secretario de la Junta de Subastas, según sea el caso, devolverá todas las fianzas de licitación presentadas, incluida la del licitador agraciado a quien se le haya adjudicado la buena pro. Cuando las ofertas sean enmendadas, si la enmienda conllevare un aumento en precio de la oferta original, será obligación del licitador, ajustar la fianza de acuerdo con la nueva cuantía. De no hacerlo así, su oferta original se mantendrá en vigor y no se considerará la enmienda. Cuando el Director de Compras o la Junta de Subastas decida cancelar la subasta, se devolverán todas las fianzas de licitación dentro del término de tres (3) días laborables después de la notificación correspondiente. DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES Título del Reglamento o Procedimiento: REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES, OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS NO PROFESIONALES Página 42 de 145 b) Fianza de Ejecución ("Performance Bond"): A quien se adjudique una subasta o propuesta deberá presentar una fianza de ejecución ante el Director de Compras O la Junta de Subastas, según sea el caso, no más tarde de los diez (10) días laborables siguientes a la notificación de la adjudicación. Dicha fianza garantizará la ejecución del contrato u orden de compra, según aplique. El monto de la fianza se fijará en el pliego de subasta 0 en el pliego de requerimiento O Solicitud de Propuestas O Solicitud de Propuestas Selladas. El Director de Compras O el Secretario de la Junta de Subastas, según sea el caso, devolverá esta fianza cuando expire el término del Contrato o cuando se cumpla con la orden de compra correspondiente. c) Fianza de Pago ("Payment Bond"): A quien se le adjudique una subasta o propuesta para realizar una obra de construcción, se le podrá requerir, además de cualquier otra fianza, la Fianza de Pago. Esta fianza garantiza a las personas que hayan prestado servicios de mano de obra 0 suministro de materiales al contratista, que recibirán las sumas que éste les adeude, no pagadas, en concepto de mano de obra prestada o materiales suministrados en cumplimiento de la obra objeto del Contrato.
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