Regl. 3987, art. 1
del Título III, de la Ley 115 mediante el cual se adiestran
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Cite as Reglamento Núm. 3987, Art. 1
o readiestran desempleados en cursos especialmente diseñados por la Administración o a través de instituciones educativas ya establecidas. Su
objetivo básico es adiestrar desempleados principalmente jóvenes entre
las edades de 16 a 21 años en ocupaciones para las cuales haya demanda
en el mercado ocupacional, y para las cuales exista una razonable expectativa de empleo. Incluye el adiestramiento para el desarrollo de destrezas académicas y educación remedial.
D. E1 Programa de Obras Públicas Sencillas se estableció a base del
Título II de la Ley 115. Mediante este Programa, la Administración crea
oportunidades de empleo en proyectos de obras públicas de carácter sencillo y a la misma vez de gran utilidad social, donde las oportunidades
van dirigidas a trabajadores que no se les requiere un alto grado de especialización. Este programa ayudará a combatir el desempleo estacional
agrícola el cual ocurre en las zonas cañeras, cafetaleras y tabacaleras.
Los proyectos que se llevan a cabo mayormente en este Programa consisten
de construcción, reconstrucción y conservación de calles y caminos municipales, construcción de acueductos rurales, construcción de facilidades
recreativas y de puentes sencillos, limpieza de playas y ríos, ornamentación y embellecimiento de edificios públicos y otras obras públicas de
alta utilidad social donde la utilización de la mano de obra desempleada
constituya e1 factor principal.
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