Regl. 9415, art. 4.2-4.2.25

CONTRATOS MULTIANUALES

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Cite as Reglamento Núm. 9415, Art. 4.2-4.2.25

Se podrán otorgar contratos maestros multianuales siempre y cuando que se justifique, basado en que se pueda evidenciar que se generan economías sustanciales para la Autoridad, que el bien o servicio no es de fácil adquisición y que con alta probabilidad se contará con los recursos necesarios para cumplir con las obligaciones contraídas.
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