Regl. 9415, art. 4.3-4.3.25
CONTRATOS MULTIANUALES
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Cite as Reglamento Núm. 9415, Art. 4.3-4.3.25
Se podrán otorgar contratos maestros multianuales siempre y cuando que se justifique, basado
en que se pueda evidenciar que se generan economÃas sustanciales para la Autoridad, que el bien
o servicio no es de fácil adquisición y que con alta probabilidad se contará con los recursos
necesarios para cumplir con las obligaciones contraÃdas.