Regl. 9415, art. 4.4-4.4.14
REGISTRO DE PROPUESTAS RECIBIDAS
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Cite as Reglamento Núm. 9415, Art. 4.4-4.4.14
En la fecha establecida para recibir las propuestas, el Director de Compras o el Secretario de la
Junta de Subastas, según sea el caso, anotará las propuestas recibidas en el Registro de Propuestas
Recibidas. El Director de Compras o el Secretario de la Junta de Subastas, según sea el caso, será
el custodio de dicho Registro.