Regl. 3987, art. 1-XX
EVALUACION DE LA PROPUESTA
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Cite as Reglamento Núm. 3987, Art. 1-XX
A. La Administración evaluará la propuesta y hará cualquier investigación necesaria para verificar la información incluida.
B. A1 evaluarse, se tomarán en consideración las siguientes disposiciones cuando se trate de propuestas para desarrollar adiestramientos:
1. Que no haya trabajadores preparados disponibles para
desempeñar las ocupaciones solicitadas.
2. Que las ocupaciones y oficios para los cuales se propone
el adiestramiento requieran el desarrollo de destrezas y
tiempo razonable de adiestramiento.
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3. Que la escasez de trabajadores no se deba a situaciones anormales tales como: huelgas, conflictos
obrero-patronales y otras situaciones anormales.
4. Que haya una razonable certeza de empleo para los
adiestrados una vez termine el adiestramiento.
C. Toda propuesta de adiestramiento radicada deberá contener una
descripción de la ocupación y las destrezas a desarrollarse, asà como
toda la información necesaria para procesar la misma en armonÃa con los
formularios de propuestas que utiliza la Administración. El plan será
preparado conforme al número de personas que permitan las facilidades y
condiciones propias para el adiestramiento. Disponiéndose que el horario
establecido en el plan no excederá de seis (6) horas diarias, excepto
cuando la naturaleza del curso y otras circunstancias expeciales asà lo
requieran.