Regl. 3987, art. VIII
SELECCION DE PARTICIPANTES
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Cite as Reglamento Núm. 3987, Art. VIII
A. Los participantes de los programas se seleccionarán de las solicitudes debidamente cumplimentadas en las Oficinas Regionales.
B. Sólo podrán seleccionarse aquellos aspirantes que estén desempleados, que estén aptos fÃsica y mentalmente para trabajar y que tengan
dieciseis (16) años O más de edad. Disponiéndose que todo aspirante menor
de dieciocho (18) años de edad, obtendrá el permiso correspondiente del
Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, con anterioridad a la efectividad de su nombramiento.
C. En la selección de los participantes de los programas, la Administración podrá dar preferencia a aquellas personas que además de reunir
los requisitos establecidos en el Inciso anterior:
1. Estén en desventaja económica. Disponiéndose que
para propósito de este Reglamento una persona en
desventaja económica es aquella que recibe ayuda
del Departamento de Servicios Sociales o si su
ingreso familiar no excede de los niveles que se
señalan en la siguiente tabla:
TABLA DE INGRESO FEDERAL REVISADA
(Efectiva 4 de mayo de 1989)
Grupo Familiar
Ingreso Anual
1
4,710.00
2
7,720.00
3
10,590.00
4
13,080.00
5
15,430.00
6
18,050.00
7
20,670.00
8
23,290.00
9
25,910.00
10
28,530.00
11
31,150.00
12
33,770.00
-7-
Si el grupo familiar es mayor de doce personas se suman $2,620
dólares por cada persona adicional.
Esta tabla podrá revisarse administrativamente tomando en consideración las condiciones socio-económicas del paÃs.
2. Sean jefes de familia o principal aportación a las
necesidades de la familia.
3. Sean de baja escolaridad.
D. Además de los criterios de preferencia señalados en el Inciso C
anterior, se tomarán en cuenta en la selección de los aspirantes los intereses, aptitudes, habilidades y destrezas del individuo para desarrollarse en la ocupación, oficio 0 adiestramiento disponible en los
programas.
E. La selección de los participantes del Programa de Obras Públicas
Sencillas podrá efectuarse mediante referimiento o sorteo de ternas de
los programas de la Administración.
F. No podrá establecer discrimen alguno contra los aspirantes por
motivo de edad, raza, color, sexo, nacimiento 0 condición social ni ideas
polÃticas o religiosas.