Regl. 3987, art. XII
DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES
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Cite as Reglamento Núm. 3987, Art. XII
A. Los participantes de los programas tendrán los siguientes
deberes y obligaciones:
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1. Asistir al trabajo O adiestramiento con regularidad
y puntualidad conforme al horario establecido, y
firmar su hoja de asistencia diariamente. Disponiéndose que en el caso del Programa de Obras Públicas
Sencillas el capataz será quien anotará la asistencia de los participantes.
2. Observar normas de comportamiento correcto, cortés y
respetuoso en sus relaciones con sus superiores 0 instructores y compañeros de trabajo o adiestramiento.
3. Realizar con diligencia y buena actitud las tareas y/o
funciones que se le asignen.
4. Acatar aquellas órdenes e instrucciones de sus superiores compatibles con la autoridad delegada de éstos y
con las funciones y objetivos de la entidad colaboradora
donde trabajen.
5. Mantener la confidencialidad de aquellos asuntos relacionados con su trabajo, a menos que reciban requerimiento o permiso de alguna autoridad competente que asÃ
lo requiera.
6. Vigilar, conservar y salvaguardar documentos, bienes e
intereses que estén bajo su custodia como consecuencia
del trabajo que se le asigne.
7. Cumplir con las reglas de disciplina de la entidad
colaboradora, de la escuela o de la institución en donde
se lleva a cabo el adiestramiento o donde esté prestando
sus servicios y con las que dispone este Reglamento.
B. Los participantes de los programas no podrán marcar O firmar la
Hoja de Asistencia de otro participante 0 pedirle a otra persona que lo
haga por é1.