Regl. 3987, art. XIX

RADICACION DE PROPUESTA

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Cite as Reglamento Núm. 3987, Art. XIX

A. Cualquier agencia podrá solicitar participación en los programas mediante la radicación de una propuesta a la Administracion. Dicha propuesta será realizada por funcionarios de la Administración, quienes le notificarán al proponente la acción tomada sobre la misma. B. Los formularios de propuestas serán provistos por la Administración, a través de su Oficina Central y las Oficinas Regionales.
Regl. 3987, art. XIX: RADICACION DE PROPUESTA | Justis AI