Regl. 9426, art. 21-30
EXENCIÓN DE PAGOS MENSUALES
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Cite as Reglamento Núm. 9426, Art. 21-30
El Fideicomiso podrá eximir de la obligación de pagos mensuales asociadas
a los casos de Rehabilitación Mayor y Nueva Vivienda a los siguientes participantes:
1) Participantes con impedimentos que no puedan trabajar y que además
tienen ingresos muy bajos. El Departamento solicitará certificación médica a
estos efectos utilizando formulario apropiado a ser completado por facultative
médico.
2) Participantes que proveen el cuidado primario a una persona con
impedimentos y que además tienen ingresos muy bajos. El Departamento
solicitara certificación medica de las necesidades de la persona con
impedimentos CO n la previa autorización de este o su representante.
El participante además proveerá declaración jurada explicando las
necesidades de la persona con impedimentos y que el participante es el principal
proveedor de atención por lo que no puede obtener empleo remunerado.
3)
Participantes de edad avanzada y de ingresos muy bajos.
Todas las demás condiciones del Programa serán de aplicación a los participantes
que se beneficien de esta exención de pagos mensuales.