Regl. 9426, art. 21-34
EXPEDIENTE DEL CASO Y OTROS PROCEDIMIENTOS
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Cite as Reglamento Núm. 9426, Art. 21-34
ADMINISTRATIVOS INTERNOS
La ODSEC y el Fideicomiso Perpetuo establecerán mediante Orden
Administrativa lo relacionado a la documentación necesaria a ser presentada por los
participantes del programa para la rehabilitación, reconstrucción y construcción de
viviendas nuevas en comunidades especiales, asà como en cuanto a los procedimientos
administrativos internos necesarios para la implementación del presente Reglamento.
Será la ODSEC la responsable de administrar, resguardar y mantener una copia digital
de los expedientes de todas las solicitudes que sean presentadas al amparo de este
Reglamento.
Asimismo, se autoriza a la ODSEC y al Fideicomiso Perpetuo a establecer
mediante Orden Administrativa cualquier otro requisito o parámetro que resulte
necesario para llevar a cabo obras de rehabilitación, reconstrucción y construcción de
nuevas viviendas en comunidades especiales conforme a lo dispuesto en este
Reglamento.