Regl. 9426, art. 21-37
RECONSIDERACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 9426, Art. 21-37
Cualquier persona que no esté de acuerdo con alguna decisión tomada bajo las
disposiciones de este Reglamento podrá presentar una solicitud de reconsideración ante
la entidad que tomó tal determinación dentro de los veinte (20) días, contados a partir de
la fecha del depósito en el correo o del envío mediante correo electrónico de dicha
determinación.