Regl. 4001, art. 5
Enmienda el reglamento que crea la Junta Especial Reguladora de Distribuciones Exentas.
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Cite as Reglamento Núm. 4001, Art. 5
c) Cualquier persona afectada por una
resolución o determinación de la Junta, podrá
solicitar revisión de la misma mediante los procedimientos de adjudicación formal dispuestos
por la Ley 170 del 12 de agosto de 1988 y su
reglamento."
VIGENCIA
Esta enmienda entrará en vigor treinta (30) dÃas
después de su radicación en la Oficina del Secretario de
Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Aprobado en San Juan, Puerto Rico, a 15 de agosto
de
1989.
Juan agosto Alicea
Secretario de Hacienda
Presentado en el Departamento de Estado el 17 de agosto
de 1989.