Regl. 9428, art. 1.4

- Jurisdicción y alcance

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Cite as Reglamento Núm. 9428, Art. 1.4

Las disposiciones de este Reglamento aplicarán a todos los procesos relacionados al control, conservación, uso y disposición de la propiedad mueble de la Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones, incluyendo propiedad mueble de la Autoridad ubicada en todo el "Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico" conforme dicho término se define en este Reglamento- entiéndase el Centro de Convenciones Pedro Rosselló González, el Coliseo de Puerto Rico "José Miguel Agrelot", el Antiguo Casino, Bahía Urbana, y cualquier otra instalación O facilidad (venue), presente o futura, que se encuentre o establezca en el Distrito. Asimismo, aplicará a todo empleado o funcionario de la Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones, a los miembros de su Junta de Gobierno y a toda persona natural o jurídica que administre, custodie o utilice propiedad del Distrito del Centro de Convenciones, incluyendo a sus contratistas. 6
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