Regl. 9428, art. 1.4
- Jurisdicción y alcance
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Cite as Reglamento Núm. 9428, Art. 1.4
Las disposiciones de este Reglamento aplicarán a todos los procesos
relacionados al control, conservación, uso y disposición de la propiedad mueble de la
Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones, incluyendo propiedad mueble de la
Autoridad ubicada en todo el "Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico"
conforme dicho término se define en este Reglamento- entiéndase el Centro de
Convenciones Pedro Rosselló González, el Coliseo de Puerto Rico "José Miguel Agrelot",
el Antiguo Casino, Bahía Urbana, y cualquier otra instalación O facilidad (venue),
presente o futura, que se encuentre o establezca en el Distrito.
Asimismo, aplicará a todo empleado o funcionario de la Autoridad del Distrito del
Centro de Convenciones, a los miembros de su Junta de Gobierno y a toda persona
natural o jurídica que administre, custodie o utilice propiedad del Distrito del Centro de
Convenciones, incluyendo a sus contratistas.
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