Regl. 9440, art. 14 dup2
Vigencia
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Cite as Reglamento Núm. 9440, Art. 14 dup2
Este Reglamento entrará en vigor a los treinta (30) dÃas de su radicación en el Departamento de
Estado, de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 38-2017, según enmendada.
Aprobado en San Juan, Puerto Rico el 17 de enero 2023.
Leda. Glorimar Lamboy Torres
Alma Aldarondo Alfaro
Presidenta Junta de Directores
Secretaria Junta de Directores
Mabel Jiménez Miranda, MBA
Presidenta Ejecutiva
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