Regl. 9440, art. 14 dup2

Vigencia

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Cite as Reglamento Núm. 9440, Art. 14 dup2

Este Reglamento entrará en vigor a los treinta (30) días de su radicación en el Departamento de Estado, de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 38-2017, según enmendada. Aprobado en San Juan, Puerto Rico el 17 de enero 2023. Leda. Glorimar Lamboy Torres Alma Aldarondo Alfaro Presidenta Junta de Directores Secretaria Junta de Directores Mabel Jiménez Miranda, MBA Presidenta Ejecutiva 10
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