Regl. 9441, art. 2.6

Uso de pruebas recopiladas

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Cite as Reglamento Núm. 9441, Art. 2.6

Luego de realizada una investigación, examen o intervención, la Corporación tendrá discreción para utilizar cualquier información contenida en el expediente investigativo para emitir las ordenes que correspondan contra cualquier cooperativa supervisada, funcionarios(as) ejecutivos(as) y cuerpos directivos de esta.
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