Regl. 9441, art. 2.8

Contestación de la orden emitida

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Cite as Reglamento Núm. 9441, Art. 2.8

La parte contra quien se emita la orden deberá presentar su contestación en el término dispuesto en esta, en la Secretaría de la Corporación, personalmente, por correo ordinario o correo electrónico y estar identificado con el número de caso dispuesto en la orden. En el cuerpo del escrito la parte deberá exponer su alegación a cada uno de los señalamientos 11 contenidos en la orden y podrá acompañar cualquier evidencia que desee presentar a su favor.
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