Regl. 9441, art. 4.27 dup2

Determinación sobre la solicitud de intervención

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Cite as Reglamento Núm. 9441, Art. 4.27 dup2

El (La) Oficial Examinador(a) someterá al (a la) Presidente(a) Ejecutivo(a) un informe fundamentado y su recomendación a la solicitud de intervención. El (La) Presidente(a) Ejecutivo(a) emitirá una resolución autorizando 0 denegando la solicitud de intervención. Esta será notificada por escrito a las partes e incluirá los fundamentos para la misma y el recurso de revisión disponible.
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