Regl. 9441, art. 4.39
Grabación 0 informe taquigráfico de la vista
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Cite as Reglamento Núm. 9441, Art. 4.39
(a)Las vistas administrativas serán grabadas en cinta magnetofónica 0 dispositivo digital
destinado exclusivamente a dichos propósitos. En los casos que el (la) Oficial
Examinador(a) asà lo entienda necesario o a petición de parte, las vistas serán
transcritas.
(b) En los casos en que una parte solicite la transcripción de una vista, esta podrá contratar
un(a) transcriptor(a) certificado(a) al (a la) cual la Corporación le dará acceso a la
grabación. En tal caso, el (la) transcriptor(a) presentará a la Corporación copia de la
transcripción certificando bajo juramento que la misma es fiel y exacta.
(c) Cuando una persona que padezca de sordera profunda, severa, moderada o leve, o que
refleje cualquier otra situación de hipoacusia o condición que le impida comunicarse
efectivamente, sea parte en un proceso adversativo incoado ante la Corporación
conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 38-2017, 0 de alguna ley especial, el (la)
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Oficial Examinador(a), a solicitud de parte, podrá tomar aquellas medidas necesarias
para que las vistas y demás procesos presenciales se conserven mediante algún método
de grabación video-magnetofónico o digital que permita la reproducción de la grabación
y garantice la preservación e integridad visual del proceso, particularmente de los
interrogatorios, testimonios y argumentaciones prestadas o interpretadas mediante
lenguaje de señas, labio lectura 0 a base de los acomodos razonables necesarios.
(d) Al finalizar la vista, el funcionario a cargo de la grabación la certificará y archivará en
la SecretarÃa de la Corporación junto a los exhibits recibidos y ofrecidos en evidencia
durante la vista.
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(e) Cualquiera de las partes que desee una copia de la grabación de las vistas podrá hacer
una solicitud al (la) Oficial Examinador(a) y obtener la misma sujeto al pago de los
aranceles según dispuestos en la reglamentación adoptada por COSSEC.
Cuando se solicite una copia de la grabación, la parte proporcionará a la Corporación
suficientes cintas magnetofónicas o dispositivos de almacenaje digital del tipo que la
Corporación especifique.