Regl. 9441, art. 4.8
Moción de recusación
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Cite as Reglamento Núm. 9441, Art. 4.8
Si alguna de las partes considera que existe alguna de las circunstancias enumeradas en el
ArtÃculo 4.7 y el (la) Oficial Examinador(a) no se ha inhibido de intervenir en el caso, podrá
solicitar su recusación mediante solicitud jurada, debidamente fundamentada donde
exponga detalladamente los hechos que le dan base. La solicitud deberá ser dirigida al (a
la) Presidente(a) Ejecutivo(a) de la Corporación.
La parte que solicite la recusación del (de la) Oficial Examinador(a) debe presentar la
solicitud tan pronto advenga en conocimiento de la causa de recusación.
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