Regl. 9442, art. 1(b)-14
Vigencia
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Cite as Reglamento Núm. 9442, Art. 1(b)-14
Este Reglamento entrará en vigor a los treinta (30) días de su radicación en el Departamento
de Estado, de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 38-2017, según enmendada.
Aprobado en San Juan, Puerto Rico, el 17 de enero de 2023.
Lamboy
Alma Aldarondo Alfaro
Presidenta Junta de Directores
Secretaria Junta de Directores
Mabel Jiménez Miranda, MBA
Presidenta Ejecutiva
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ANEJO A
SOLICITUD DE CUBIERTA DE SEGURO DE ACCIONES Y DEPÓSITOS
A: La Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico,
COSSEC.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito
, registro número
, con
oficinas principales localizadas en
,
, Puerto Rico, habiendo concluido los trámites de registro ante el
Departamento de Estado de Puerto Rico, solicita la cubierta del seguro de acciones y depósitos
provisto por la Corporación, conforme lo requiere la Ley Núm. 114-2001, según enmendada,
conocida como la "Ley de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas
de Puerto Rico" para iniciar operaciones, y en consideración a la concesión del seguro por la
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presente acuerda:
.Pagar la prima del seguro de acciones y depósitos correspondiente.
2.Pagar y mantener el capital, las primas regulares y las primas especiales de seguro dispuestas
en la Ley Núm. 114-2001.
3. Proveer protección y adquirir seguros contra todo tipo de pérdidas asegurables por los límites
AAA
máximos requeridos por las circunstancias particulares de la cooperativa y según disponga la
Corporación.
4.Mantener las reservas regulares y especiales requeridas por la Ley de Sociedades Cooperativas
de Ahorro y Crédito de 2002, Ley Núm. 255-2002, según enmendada.
5.Mantener las reservas especiales que la Corporación exija por reglamento u orden específica,
cuando así se justifique para proteger los intereses de los(as) socios(as) de la cooperativas y
para reducir al mínimo posible las pérdidas potenciales de la Corporación.
6. Cumplir rigurosamente con los requisitos, obligaciones y disposiciones de la Ley Núm. 144-
2001 y sus reglamentos, con las leyes y reglamentos aplicables a la organización y operación
de las cooperativas en Puerto Rico, incluyendo las normas de la Corporación que estén
relacionadas con su función de velar por la solvencia de las cooperativas aseguradas.
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ANEJO A
Certifico la corrección de la información sometida. Además, certifico que ninguno de los
miembros de la Junta de Directores, Comité de Supervisión, Presidente(a) Ejecutivo(a) o
empleado(a) de esta cooperativa de ahorro y crédito ha sido convicto de algún delito grave o menos
grave que implique fraude, abuso de confianza, depravación moral, violación a la honestidad o
confianza pública.
En
, Puerto Rico, hoy
de
de 202
MH
SELLO DE LA
COOPERATIVA
Presidente(a) de la Junta de Directores
AFFIDAVIT NUM.
AAA
Jurada y suscrita ante mí por
, mayor de edad,
,
de profesión, en calidad de Presidente(a) de la Junta de Directores de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito
, a quien identifiqué por medio de
En
, Puerto Rico, a
NOTARIO(A) PÚBLICO(A)
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