Regl. 9443, art. 11 dup2
Obligación continua de informar, proveer información exacta y verÃdica
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Cite as Reglamento Núm. 9443, Art. 11 dup2
y consecuencias de incumplimiento
Toda cooperativa que presente una solicitud de autorización o notificación ante la
Corporación tendrá la obligación de proveer información exacta, verÃdica, completa y sin la
intención de desvirtuar hechos ni de cometer fraude. De surgir información adicional 0
AAA
nueva mientras la Corporación evalúa la solicitud 0 notificación, la cooperativa estará
obligada a presentar la misma para que sea considerada en el proceso de evaluación. De no
hacerlo, cualquier autorización 0 notificación de no objeción que sea emitida podrá ser
declarada nula. Asimismo, una declaración inexacta falsa 0 incompleta será causa suficiente
para denegar la solicitud o notificación presentada, o anular la determinación emitida e
iniciar el procedimiento administrativo que corresponda contra la cooperativa, el (la)
funcionario(a) o miembro del cuerpo directivo responsable.