Regl. 9444, art. 12

Requisitos de la invitación a subasta

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Cite as Reglamento Núm. 9444, Art. 12

a. Se requiere que la invitación a la subasta: i. Contenga especificaciones completas y descripciones claras de los artículos, equipos, materiales y servicios no profesionales que se desean obtener u obras que se desean realizar. ii. Indique claramente los términos y las condiciones de entrega y de inspección requeridos, cuando éstos son esenciales para efectos de la adjudicación a subasta. iii. Especifique la fecha, la hora y el lugar en que se abrirán los sobres con las ofertas. 64 iv. Indique cómo y dónde enviar las propuestas. V. Advierta que la Junta de Subastas tiene facultad para realizar una inspección ocular de las facilidades de almacén o de oficina del (de la) licitador(a), así como de equipo vendido o servicio prestado a clientes anteriores, que sea similar al requerido por la Corporación. vi. Contenga instrucciones específicas, respecto a la forma en que se habrán de someter las ofertas, así como los términos y las condiciones que regirán la transacción. Lo anterior expuesto, las especificaciones y cualesquiera condiciones especiales formarán parte del contrato y serán de estricto cumplimiento. ANA vii. Contenga todos los elementos necesarios para que los (las) licitadores(as) puedan hacer sus ofertas. viii. Especifique los términos para impugnación de la convocatoria y la adjudicación. ix. Indique las fianzas de licitación, de ejecución y cualesquiera otras que sean requeridas. b. Aquellas subastas sujetas a condiciones o restricciones especiales deben contener una nota a esos efectos, señalando claramente la condición, de manera que permita la tramitación y evaluación adecuada de la subasta. c. Aquellas subastas en que se requiera que los(las) licitadores(as) sometan alguna certificación o documentos especiales, como parte de su oferta, deben contener una nota a esos efectos. 65 d. Se acepta sólo una oferta por cada licitador(a) para cada subasta. Si una misma empresa comercial somete varias ofertas para una misma subasta, a nombre propio o de alguna de sus subsidiarias o sucursales, de algunos o varios de sus socios, agentes u oficiales, se declararán nulas todas y cada una de dichas ofertas. e. Cuando se requiera la instalación de equipo, debe incluirse en las especificaciones una cláusula al efecto de que la labor a realizarse debe cumplir con los reglamentos vigentes y normas comunes de la ingeniería y seguridad. f. Deben indicarse los tipos de descuentos por pronto pago que sean aceptables a la Corporación, así como el término menor de tiempo que se considere necesario para hacer aceptable la condición de pago. g. Las referencias a marcas específicas de artículos, materiales y equipos se hacen únicamente como guía o índice para ayudar al licitador potencial a determinar la clase y tipo de artículos, materiales y equipos que se interesa obtener. En estos casos, los (las) licitadores(as) potenciales pueden cotizar sus precios para otras marcas que cubran las especificaciones indicadas en la invitación a subasta. h. Puede cursarse invitación a subasta para la adquisición de marcas específicas cuando se pueda justificar por la experiencia obtenida o por alguna otra razón que dichas marcas son las que mejor satisfacen las necesidades de la Corporación. Como parte del expediente de la subasta, se incluirá un informe de la Junta de Subastas, donde se expresen las razones para este tipo de invitación. i. Se puede solicitar cotizaciones por el monto total de la compra de un grupo de renglones de una misma rama de comercio, cuando se considere que ello conviene 66 a los mejores intereses de la Corporación, pero no se incluirán especificaciones restrictivas que en forma alguna puedan limitar la competencia. j. El tiempo a fijarse para la entrega de los artículos, materiales, equipos, obras o servicios no profesionales debe ser razonable, en armonía con las facilidades de que disponga el comercio local, siempre que esto no entre en conflicto con las necesidades de la Corporación. k. A los (las) licitadores(as) a quienes se les adjudique el contrato de compra, o parte de este, en un procedimiento de conformidad con los términos de entrega, especificaciones y demás condiciones e instrucciones especiales, la Corporación le hará un descuento al momento de tramitar el pago por cada día consecutivo de retraso en la entrega. La cantidad a ser descontada se fijará en las condiciones e ARA instrucciones especiales para la subasta. Dicha cantidad será establecida a base de la premura que tengan los productos o servicios para la Corporación, la disponibilidad de estos en el mercado, los gastos y contratiempos que el retraso pueda ocasionar a la Corporación y a cualquier otro factor que se estime pertinente. La cantidad a ser establecida no será menor de una cuarta parte del uno por ciento (.25%) ni mayor del tres por ciento (3%) del importe del pago. El porciento de penalidad aplicable variará de acuerdo con la cuantía de la compra u obra, y tomando en consideración que la imposición de dicha penalidad no resulte en el encarecimiento del producto u obra. Igualmente, la fianza de ejecución del contrato responderá como pago por cualquiera de los daños y perjuicios ocasionados por la tardanza. La suma a pagar por retraso en la entrega de la mercancía en ninguna 67 forma representa una penalidad, y sí compensación por daños y perjuicios convenidos entre ambas partes, para compensar a la Corporación por gastos adicionales y otros contratiempos ocasionados. 1. Cuando todas las especificaciones de los artículos, materiales, equipos, obras o servicios no profesionales a adquirirse no se incluyan en la invitación a subasta, ya sea porque ésta se hizo a través de la prensa, página de internet o por cualquier otro motivo, copia de los documentos relacionados estarán a la disposición de los potenciales licitadores(as) en la Corporación y así se hará constar en la invitación. m. Se puede cancelar cualquier invitación a subasta notificando a los licitadores, según se dispone en el Artículo 10.9. de este Reglamento. Se puede enmendar cualquier invitación a subasta notificando a los licitadores correspondientes antes de la fecha AAA y la hora fijada para la apertura de la subasta. n. Cuando se anuncie una subasta donde se requiera que se especifique el costo por unidad de los artículos, materiales o equipos requeridos, se incluirá un estimado razonable de la cantidad total de los mismos que la Corporación se propone adquirir. Las fianzas de licitación y ejecución que se requieran en tales casos serán por el estimado de la compra. En estos casos el estimado no será obligatorio para la Corporación.
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