Regl. 9445, art. 2
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Cite as Reglamento Núm. 9445, Art. 2
Este Reglamento se promulga al amparo de la Ley Núm. 38 del 30 de junio de 2017, según
enmendada, y conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de
Puerto Rico y la Ley Núm. 8 del 8 de enero de 2004, según enmendada, y conocida como la Ley
Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes. Asimismo, se adopta la política pública
establecida mediante la Ley Núm. 46 del 29 de abril de 2008, conocida como Ley de Seguridad
para los Edificios Públicos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la cual pretende promover y
uniformar el grado mínimo de seguridad para todos los edificios públicos para, a su vez,
salvaguardar la seguridad de sus visitantes y los empleados que laboran en todas las
dependencias del Gobierno de Puerto Rico, al igual que proteja la integridad de la propiedad
pública.