Regl. 9448, art. 3 dup2
Requisitos académicos para la obtención de las licencias para los Profesionales de la
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Cite as Reglamento Núm. 9448, Art. 3 dup2
Recreación. Incluye al Profesional en terapia recreativa (Terapista recreativo y Profesional de la
recreación adaptada) y al Administrador o Gerente de instalaciones, espacios, programas y/o
servicios recreativos o deportivos.
a) Requisitos académicos
Presentar evidencia de compleción satisfactoria de un mÃnimo de sesenta (60) créditos en
materias cursadas en entidades universitarias acreditadas por el Consejo de Educación de
Puerto Rico o la Middle State, ya sea mediante transcripciones de créditos, certificación de
grado asociado o diploma, en cumplimento con los requisitos mÃnimos de los temas
generales y especÃficos requeridos para cualquiera de las licencias aquà descritas. A
continuación, se desglosan los temas generales y especÃficos para cada una de las licencias:
Temas Generales:
TeorÃas de la recreación y el ocio
Aspectos de seguridad y ética en recreación
Avalúo, medición y evaluación en recreación
La recreación como un instrumento para el desarrollo social (promoción de salud,
prevención de problemas sociales, desarrollo económico)
Temas de Especialidad:
Licencia para el Profesional en terapia recreativa El terapista recreativo ayuda a
los clientes a adquirir habilidades, conocimientos y desarrollar comportamientos
saludables con el objetivo de que estos alcancen un nivel óptimo de independencia
y participación de la comunidad. En adición a los estudios sobre LÃder Recreativo,
debe evidenciar conocimientos en los siguientes temas:
TeorÃas de la recreación y el ocio Las teorÃas examinan los aspectos
sociológicos, psicológicos, antropológicos y biológicos de la recreación y
el ocio.
La recreación como un instrumento para la promoción de salud a través del
ciclo de vida para mejorar la calidad de vida. Se discute la filosofÃa de la
recreación como un servicio gubernamental o privado, los aspectos
9.
históricos de como la recreación evoluciona a un servicio de salud y calidad
de vida.
Fundamentos de Terapia Recreativa - TeorÃas y filosofÃas de terapia
recreativa e intervenciones con diversidad de poblaciones hospitalarias,
confinados y adultos mayores.
Planificación, implantación y evaluación de programas e intervenciones de
terapia recreativa en ambientes clÃnicos, correccionales y sociales (adultos
mayores y comunitarios).
Es importante señalar que el terapista recreativo no tiene facultad para:
Diagnosticar clientes
Ofrecer terapia fÃsica
Ofrecer tratamientos terapéuticos no relacionados a la recreación
Practicar, reclamar o alegar que práctica la medicina preventiva,
medicina deportiva, y reclamar o anunciarse de manera alguna como
que es médico o terapista fÃsico
Proveer servicios a poblaciones especiales, prenatales, niños o personas
de tercera edad sin la debida autorización médica y certificaciones
profesionales que lo autoricen para trabajar con estas poblaciones
Recetar, dispensar o administrar fármacos y drogas que requieran
prescripción médica
Recetar o recomendar suplementos nutricionales dirigidos a la mejorÃa
fisca o mental
Ordenar, inducir o sugerir a cualquier individuo que descontinúe
tratamientos prescritos por cualquier médico
Efectuar procedimientos quirúrgicos o cualquier tratamiento invasivo
Ejecutar, interpretar u ordenar pruebas de laboratorio
Efectuar exámenes fÃsicos de cualquier Ãndole
Realizar intervenciones utilizando técnicas de entrenamiento
psicológico dirigido a tratar condiciones mentales o trastornos clÃnicos,
entre otros.
Licencia para Administrador o Gerente de instalaciones, espacios, programas y/o
servicios recreativos o deportivos - Evidenciar conocimientos sobre los siguientes
temas en recreación:
Fundamentos de la Administración y Gerencia Recreativa
Medidas de seguridad, planificación y procesos de administración segura
bajo los parámetros de la ley
Diseño de programas recreativos y deportivos de manera sostenible y
sustentable
Planificación e implantación de los planes de trabajo
Gerencia del Recurso Humano
Manejo de instalaciones recreativas, incluyendo temas en conservación y
mantenimiento
Diseño de presupuesto con enfoque sostenible
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b) Arancel:
El Instituto establecerá el pago de derechos para la obtención de cada licencia,
el cual no será mayor de ciento cincuenta dólares ($150).
c) Vigencia
Licencias obtenidas mediante certificaciones o grado asociado tendrán vigencia
de dos (2) años.
Licencias obtenidas mediante bachillerato o maestrÃa tendrán vigencia de cuatro
(4) años.
Licencias obtenidas mediante grado doctoral tendrán vigencia de cinco (5) años.
La licencia expedida incluirá un número único de identificación que debe ser
utilizado en toda comunicación oficial con el Instituto. La licencia expedida se
limitará solo a la categorÃa solicitada para el cual fue emitida.
d) Convalidaciones: Requiere una de las siguientes certificaciones o Grados
Universitarios:
MÃnimo de sesenta (60) créditos universitarios o Grado Asociado, Bachillerato,
MaestrÃa o Doctorado en el campo de la Recreación por Instituciones
Educativas reconocidas por el Consejo de Educación de Puerto Rico.
Certificación de la Certified Therapeutic Recreation Specialist emitido por la
National Council for Therapeutic Recreation.
MÃnimo de sesenta (60) créditos universitarios o Grado Asociado, Bachillerato,
MaestrÃa o Doctorado en el campo de la Recreación por Instituciones
Educativas fuera de Puerto Rico, deberá aprobar examen con más de setenta
porciento (70%) de calificación.
e) El Instituto creará alianzas y llevará a cabo revisiones periódicas de los currÃculos con
grupos y asociaciones de profesionales en los campos antes descritos en este
Reglamento para obtener licencias, pero sin limitar su facultada de revisar y determinar
los temas y subtemas de cada licencia al menos una vez cada tres (3) años.